Las personas arrestadas por violar el toque de queda y que no puedan pagar la multa correspondiente, podrán realizar trabajo comunitario, siempre que logren la autorización de un juez

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Las personas arrestadas por violar el toque de queda impuesto por el Gobierno y que tengan dificultades económicas para cubrir el monto de la multa correspondiente, podrán realizar trabajo comunitario, siempre que logren la autorización de un juez competente.

Así lo dispuso la procuradora general de la República, Miriam Germán Brito, a todos los miembros del Ministerio Público.

“En caso de verificar que el pago de una multa constituiría una imposibilidad para el imputado, que soliciten al juez competente la conversión de la multa en trabajo comunitario, de utilidad pública o interés comunitario en una institución estatal u organización sin fines de lucro”, dice.

El instructivo, acompañado de las referencias al marco legal correspondiente, dispone que los agentes de la Policía Nacional deben presentar, “sin demora y sin falta”, por ante el Ministerio Público a toda persona arrestada por violación al toque de queda y a las medidas relativas a las aglomeraciones de más de 10 personas en espacios públicos y privados de uso público.

Dichas restricciones, que se extienden hasta el 21 de este mes, se corresponden con lo dispuesto por el Decreto 7-21, emitido por el Poder Ejecutivo el pasado 8 de enero.

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